Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro237787
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

AGRARIO. BIENES COMUNALES, RESOLUCIONES PRESIDENCIALES SOBRE, QUE NO EXCLUYEN PEQUEÑAS PROPIEDADES PARTICULARES. NO DEBE AGOTARSE RECURSO ALGUNO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO.

Si bien el artículo décimo sexto del Reglamento para la Tramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales confiere el derecho a pedir el reconocimiento de sus propiedades a aquellos propietarios o poseedores de pequeñas propiedades incluidas dentro del perímetro de terrenos comunales confirmados, dicho derecho se encuentra supeditado o condicionado a que la resolución presidencial respectiva de manera expresa los excluya en alguno de sus puntos resolutivos, en cuyo caso, los propietarios o poseedores afectados, previamente a la interposición del juicio de amparo, deberán agotar el procedimiento de reconocimiento a que se refiere el precepto indicado. Sin embargo, cuando la resolución presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales en ninguno de sus puntos resolutivos hace la exclusión aludida, los propietarios o poseedores de pequeñas propiedades incluidas dentro de los terrenos confirmados, carecen del derecho a pedir a las autoridades agrarias el reconocimiento de sus propiedades, por lo que no están obligados a agotar procedimiento alguno antes de acudir al amparo, y menos aun en caso de reclamarse la indebida ejecución de una resolución presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales.

Séptima Epoca, Tercera Parte:

Volúmenes 133-138, página 105. Amparo en revisión 3876/78. G.G.N. y otros. 29 de octubre de 1979. Cinco votos. Ponente: A.G.M..

Volúmenes 133-138, página 13. Amparo en revisión 4272/79. J.A.B. y otros. 27 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: E.L.M..

Volúmenes 133-138, página 13. Amparo en revisión 2398/78. I., S.A. 14 de abril de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.G.M..

Volúmenes 145-150, página 137. Amparo en revisión 4270/79. Inmobiliaria M.A.R.L., S.A. 9 de julio de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: C.d.R.R..

Volúmenes 145-150, página 13. Amparo en revisión 240/80. J.H.S. y otros. 18 de febrero de 1981. Cinco votos. Ponente: A.S.R..

Nota:

En el Apéndice 1917-1985, página 30, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES COMUNALES, RESOLUCIONES PRESIDENCIALES SOBRE, QUE NO EXCLUYEN PEQUEÑAS PROPIEDADES PARTICULARES. NO DEBE AGOTARSE RECURSO ALGUNO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO.".

En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES COMUNALES. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES SOBRE, QUE NO EXCLUYEN PEQUEÑAS PROPIEDADES PARTICULARES. NO DEBE AGOTARSE RECURSO ALGUNO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO.".

Genealogías: Apéndice 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 12, 30.

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