Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Marzo de 1997 (Tesis num. 2a. XXXII/97 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-03-1997 (Tesis Aisladas))

Número de registro199215
Número de resolución2a. XXXII/97
Fecha de publicación01 Marzo 1997
Fecha01 Marzo 1997
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; V, Marzo de 1997; Pág. 492
EmisorSegunda Sala
MateriaCivil,Derecho Civil

Esa disposición legal, relativa a la procedencia del juicio ejecutivo mercantil, establece que ésta se actualiza cuando se funda en un documento que trae aparejada ejecución y precisa que tienen ese carácter, entre otros documentos, las pólizas de seguros (fracción V) y la decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro, según la ley de la materia (fracción VI); de lo que se sigue que la hipótesis que tal precepto legal prevé se actualiza con cualquier acto que dé origen a la tramitación de un juicio ejecutivo mercantil, que tenga como sustento uno de los documentos a los que se les otorga la característica de traer aparejada ejecución; luego, es hasta la tramitación de éste cuando la norma jurídica impugnada es capaz de generar, en su caso, algún perjuicio que legitime al afectado a ejercitar la acción constitucional en su contra.

Amparo en revisión 3103/96. Seguros Génesis, S.A. 5 de marzo de 1997. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.R.M..


Amparo en revisión 2992/96. Principal International, S.A., Compañía de Seguros. 12 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.C.G..

1 sentencias

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