Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Noviembre de 2002 (Tesis num. 2a. CXLV/2002 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-11-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CXLV/2002
Fecha de publicación01 Noviembre 2002
Fecha01 Noviembre 2002
Número de registro185511
MateriaConstitucional
LocalizadorNovena Época; Segunda Sala; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XVI, Noviembre de 2002; Pág. 454; [T.A.];
EmisorSegunda Sala

El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece esencialmente los principios de la rectoría económica del Estado para garantizar el crecimiento económico del país, lo que se logrará mediante la realización de acciones estatales a través de las cuales se aliente a determinados sectores productivos, se concedan subsidios, se otorguen facilidades a empresas de nueva creación, se concedan estímulos para importación y exportación de productos y materias primas y se sienten las bases de la orientación estatal por medio de un plan nacional; sin embargo, el citado dispositivo constitucional, no concede garantía individual alguna que autorice a los particulares a exigir, en la vía del juicio de amparo, que las autoridades adopten ciertas medidas para que se cumpla con tales encomiendas constitucionales, pues el pretendido propósito de esta disposición se dirige a proteger la economía nacional mediante acciones estatales fundadas en una declaración de principios que se contiene en el propio precepto de la Ley Fundamental.

Amparo en revisión 80/2002. Casa Wong Multiservicios, S.A. de C.V. 25 de septiembre de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.I.O.M.. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: M.A.d.C.T.C..


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