Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro237058
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

Conforme a lo dispuesto en los artículos 27 constitucional (párrafo primero y parte final del párrafo tercero), 1o. y 18 del Reglamento Agrario de 1o. de abril de 1922, 3o. de la Ley Agraria de 6 de enero de 1915, 111 del Código Agrario de 31 de diciembre de 1942, y 262 de la Ley Federal de Reforma Agraria, los edificios de cualquier naturaleza que no estén abandonados o presten servicios a la finca afectada, han sido y son "bienes inafectables por dotación, ampliación o creación de nuevos centros de población ejidal", por lo que no quedan comprendidos en las afectaciones fincadas en las resoluciones presidenciales agrarias y, aunque dichas edificaciones se encuentren enclavadas en terrenos afectados, no pueden considerarse bienes ejidales.

Amparo en revisión 1402/87. Comisariado Ejidal del Poblado Atotonilco de Tula, Municipio del mismo nombre, Estado de H.. 10 de junio de 1987. Cinco votos. Ponente: F.M.F.. Secretario: H.S.G..


Séptima Epoca, Tercera Parte:


Volúmenes 199-204, página 10. Amparo en revisión 3051/85. Comisariado Ejidal del Poblado "General R.T., Municipio de Cajeme, Estado de Sonora. 13 de noviembre de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: M.G. de V.. Ponente: F.M.F.. Secretario: E.R.O..


Volúmenes 169-174, página 12. Amparo en revisión 3619/82. Núcleo de Población Ejidal Colonia Allende (F.I.M., Estado de Sonora. 11 de abril de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.d.R.R.. Ponente: A.G.M.. Secretario: J.M.P..


Volúmenes 169-174, página 69. Amparo en revisión 3459/78. L.P. de L.S. y otra (acumulados). 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.G.M.. Ponente: J.I.. Secretario: J.J.A.D..


Nota: En los Informes de 1980, 1983, 1986 y 1987, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES EJIDALES. NO LOS CONSTITUYEN LAS EDIFICACIONES ENCLAVADAS EN TERRENOS AFECTADOS.".

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR