Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro238796
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Para que proceda la causal de improcedencia consistente en la existencia de ejecutoria pronunciada en otro juicio de amparo, a que se refiere la fracción IV del artículo 73 de la Ley de Amparo, es necesario que los actos reclamados hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de garantías, y se contrae exclusivamente a los amparos que hayan sido promovidos por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el propio acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean diversas.

Amparo en revisión 2751/71. J.L.G. y coagraviados. 8 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: A.J.C..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR