Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro316453
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

El Juez de Distrito no viola el artículo 212 del Código Federal de Procedimientos Civiles cuando da a la inspección judicial el valor que conforme a dicho precepto le corresponde, aun cuando no acepte como probadas las circunstancias o deducciones que el recurrente quiere que se hubieran basado en los hechos probados por la inspección.

Amparo en revisión 521/55. S.S.. 8 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: A.F.R..

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