Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro319045
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

De acuerdo con el artículo 154 de la Ley de Instituciones de Crédito, las Organizaciones Auxiliares de Crédito, legalmente reconocidas, sólo están obligadas a pagar los impuestos señalados en el precepto de referencia y no en el de ingresos mercantiles.

Revisión fiscal 206/51. Tesorería del Distrito Federal. Unión de Crédito Abarrotero. 12 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.F.R.. Relator: F.C..

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