Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro329368
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

Si una de las partes en el juicio de amparo, momentos antes del señalado para la celebración de la audiencia constitucional, solicitó del J. de Distrito que se le aceptasen como pruebas diversos documentos, pidiendo que se compulsara copia de los mismos, por estar agregados al incidente de suspensión, correspondiente al mismo juicio, y el J. se negó a recibir estas pruebas, por no aparecer integradas en el momento de la celebración de la audiencia, aunque el caso parece estar comprendido en el artículo 152 de la Ley de Amparo, según el cual, a fin de que las partes puedan rendir sus pruebas, deben solicitar copia de los documentos que se propongan ofrecer, con la oportunidad debida a los funcionarios o autoridades encargadas de expedirlas, y por ende, la compulsa solicitada aparenta ser extemporánea, ya que se formuló minutos antes de celebrarse la audiencia constitucional, sin embargo, teniendo presente que se trata de documentos que corren agregados al incidente que forma parte del juicio y que el J. de Distrito está en aptitud de ordenar que se le lleven a la vista sin demora alguna, debe juzgarse que el caso no se encuentra comprendido en el citado artículo 152 de la Ley de Amparo, y que, por lo mismo, el propio funcionario no está en lo justo al negarse a recibir una prueba que puede considerarse ofrecida con oportunidad, dentro de los términos establecidos por el artículo 151 de la misma ley.

Amparo administrativo en revisión 1777/40. B.R.. 13 de junio de 1940. Unanimidad de cinco votos. R.: J.M.T..

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