Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro337198
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Aun cuando esta ley se aplica a intereses que se causaron antes de la vigencia de la Ley de Impuestos sobre la Renta pero que se pagaron estando ya en vigor dicha ley, no por ello puede decirse que se aplique retroactivamente, puesto que se trata de un acto que tiene lugar durante su vigencia, como es el referido ingreso; y solamente podría decirse que se pretendía aplicarla retroactivamente, si se tratara de cobrar el impuesto sobre cantidades que se hubieran percibido antes de que entrara en vigor la ley; pero no sobre ingresos percibidos dentro de su vigencia, cualquiera que sea la época en que procedió el derecho de cobrarlos.

Amparo administrativo en revisión 1553/28. M.M.T. y coag. 3 de marzo de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: L.M.C. y D.V.V.. R.: A.C.C..

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