Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro337828
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Esta ley, dictada por la legislatura del Estado de Veracruz, con fecha quince de enero de 1918, por su denominación y por la naturaleza y objeto de sus preceptos, es una ley que tiene por finalidad el fraccionamiento de las grandes propiedades, y por tanto, su base legal es la fracción séptima del artículo 27 constitucional y a ella debió conformar sus prescripciones; pero basta el análisis de sus artículos 4o. 5o. y 6o., para llegar a la conclusión de que dicha ley contraría al citado artículo 27 constitucional, pues no señala plazo alguno para el fraccionamiento, sino que lo deja al posible arreglo entre los propietarios y el gobernador del Estado; no obedece a lo dispuesto en el inciso "a" de la fracción séptima del mismo artículo constitucional, sobre límites de la existencia de la propiedad rústica y modifica la forma de enajenaciones, de las tierras que deben fraccionarse, contrariando lo dispuesto en el inciso "b" de la tan citada fracción.

Amparo administrativo en revisión 375/27. P.A.. 28 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.C.C.. Relator: S.U..

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