Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro386179
MateriaCivil,Derecho Civil

Como el propósito de los artículos 165 y 166 del Código Civil, es sin duda el de evitar la disolución del vínculo, por el solo hecho de que el marido se niegue a dar alimentos, y para ello dispone que el cumplimiento de la obligación alimentista se exija coactivamente en un juicio que no conduzca a la disolución del vínculo, debe entenderse que cuando está probada la insolvencia del deudor alimentista es inútil ejercitar la acción a que se refieren los mencionados artículos.

Amparo civil directo 9967/50. G.V.P.. 4 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. R.: F.T.R..

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