Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Julio de 2005 (Tesis num. 1a./J. 51/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-07-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 177926 |
Número de resolución | 1a./J. 51/2005 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2005 |
Fecha | 01 Julio 2005 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Julio de 2005; Pág. 183 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
No es factible acreditar el interés jurídico en el juicio de amparo indirecto cuando el quejoso reclama actos de desposesión derivados de juicio y ostenta la calidad de tercero extraño mediante la exhibición de un documento privado ratificado ante notario, en cuya certificación éste asentó que uno de los comparecientes se identificó con un documento que, por razones cronológicas, no pudo existir sino mucho después de la fecha de la ratificación, y está demostrado en autos que no hay error mecanográfico o de otra índole que explique ese desfase. Ello es así, porque si la ratificación ante el mencionado fedatario tiene como propósito dar fecha cierta al acuerdo de voluntades celebrado por las partes a fin de que tenga valor contra terceros, es incuestionable que cualquier elemento que permita dudar de la certeza en cuanto a la fecha, afecta al instrumento notarial.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 27/2005-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos del Décimo Sexto Circuito. 6 de abril de 2005. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: M.B.L..
Tesis de jurisprudencia 51/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintisiete de abril de dos mil cinco.
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Sentencia con número de expediente 71/2022. Juzgado Sexto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, 2022-03-18
...tanto de manera digital como de forma impresa. Es aplicable, por idoneidad de las razones jurídicas que la conforman, la jurisprudencia 1a./J. 51/2005, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gacet......
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Sentencia con número de expediente 7/2022. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-09-09
...en el caso, tal y como al respecto se ha pronunciado la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 51/2005, ya citada con anterioridad, cuyo rubro es el siguiente: “INTERÉS JURÍDICO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. VALORACIÓN DE DOCUMENTOS PRIVAD......
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Sentencia con número de expediente 671/2022. Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, 2022-08-01
...se haya tenido como cierto el acto reclamado de la responsable denominada Juez Habilitada de Oralidad Mercantil, Región 10 Jurisprudencia 1a./J. 51/2005, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible a página 183, Tomo XXII, Julio de 2005, Tomo XXII, J......
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Sentencia con número de expediente 732/2022. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, 2022-08-29
...Lo anterior es acorde con el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 51/2005, del rubro: “INTERÉS JURÍDICO EN EL JUICIO DE AMPARO VALORACIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS RATIFICADOS ANTE NOTARIO PARA ACREDITARLO”. Por otro ......