Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 1998 (Tesis num. 1a./J. 42/98 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-1998 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 195650 |
Número de resolución | 1a./J. 42/98 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 1998 |
Fecha | 01 Agosto 1998 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VIII, Agosto de 1998; Pág. 113 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal,Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
De conformidad con lo que disponen los artículos 107, fracción II, párrafo cuarto, y fracción XIV de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, y 74, fracción V de la Ley de Amparo, no opera la caducidad de la instancia en los juicios de amparo en materia agraria, excepto cuando beneficie a núcleos ejidales o comunales o a ejidatarios o comuneros; asimismo, tampoco se incluye la figura de la caducidad de la instancia en materia penal, en razón de que la vida y la libertad son derechos imprescriptibles de la persona humana, por lo que a fin de concederles la máxima protección, el legislador consideró que el derecho a reclamar violaciones a tan preciadas garantías, no debe fenecer. Así, con el mismo criterio protector que en materia agraria debe interpretarse la disposición constitucional, si se toma en cuenta que la exclusión de la caducidad de la instancia en materia penal tiene un campo específico y limitado por cuanto que tiende a proteger preponderantemente los altos valores como son la vida y la libertad humana; por tanto, en los casos en que no están en juego esas garantías, o bien, cuando tal figura jurídica no vaya en detrimento de esos valores protegidos por la Constitución, sino por el contrario, beneficie al inculpado, es innegable que debe resultar operante.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 53/96. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, Primer Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito y Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito. 1o. de julio de 1998. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: M.F.G..
Tesis de jurisprudencia 42/98. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de ocho de julio de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente H.R.P., J.V.C. y C., J. de J.G.P., J.N.S.M. y O.S.C. de G.V..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-05-2011 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 160/2010)
...HAYA PRONUNCIADO AL RESPECTO.” (La transcribe) --- Igualmente se cita al caso, por las razones que la informan, la tesis de jurisprudencia 1a./J. 42/98, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 113, T.V., agosto de 1998, Novena Época, del Semanar......
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Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 69 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Contradicción de Tesis))
...J. de J.G.P.: M.F.G.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.V., agosto de 1998, página 113, Primera Sala, tesis 1a./J. 42/98; véase la ejecutoria en la misma página de dicho...
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Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 446 de Primer Tribunal Colegiado del Septimo Circuito (Reiteración))
...tomo VIII-Octubre, pág. 85. Esta tesis contendió en la contradicción 53/96 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 42/98, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su G., Novena Época, T.V., agosto de 1998, página 113, con el rubro: "CADUCIDAD ......
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Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 445 de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Circuito (Reiteración))
...tomo XII-Noviembre, pág. 214. Esta tesis contendió en la contradicción 53/96 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 42/98, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su G., Novena Época, T.V., agosto de 1998, página 113, con el rubro: "CADUCIDA......