Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Mayo de 2010 (Tesis num. 1a./J. 121/2009 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-2010 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 164640 |
Número de resolución | 1a./J. 121/2009 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2010 |
Fecha | 01 Mayo 2010 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Mayo de 2010; Pág. 36 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Constitucional,Penal,Derecho Penal,Derecho Constitucional |
Acorde con las reformas al artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de septiembre de 1993 y el 3 de julio de 1996, además de ampliar el espectro de la garantía de defensa adecuada que debe operar en todo proceso penal, el Poder Reformador determinó que las garantías contenidas en las fracciones I, V, VII y IX de dicho precepto también se observarían durante la averiguación previa. Por tanto, para efectos de las garantías contenidas en el referido numeral, el juicio de orden penal incluye tanto la fase jurisdiccional (ante el juez) como la previa (ante el Ministerio Público); de ahí que algunas de las garantías antes reservadas para la etapa jurisdiccional, ahora deben observarse en la averiguación previa. En ese sentido, se concluye que es procedente que en el amparo directo se analicen como violaciones al procedimiento las cometidas en la averiguación previa, cuando afecten las garantías contenidas en los artículos 14 y 20 constitucionales, en términos del artículo 160, fracción XVII, de la Ley de Amparo, que establece como violaciones procesales los casos análogos precisados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los tribunales colegiados de circuito. Así, en tales supuestos pueden ubicarse las violaciones a las garantías observables en la averiguación previa, consistentes en la obtención de pruebas ilícitas, la negativa para facilitar los datos solicitados por la defensa y que consten en el proceso, así como la transgresión a la garantía de defensa adecuada, violaciones que no ameritarían la reposición del procedimiento sino la invalidez de la declaración obtenida en su perjuicio o de la prueba recabada ilegalmente, en atención a que su estudio necesariamente implicaría la interpretación directa de preceptos constitucionales; toda vez que el indicado artículo 160 tiene como finalidad reparar en el amparo directo las violaciones a las garantías individuales.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 68/2009. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito. 4 de noviembre de 2009. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.N.S.M. y S.A.V.H.. Ponente: J.R.C.D.. Secretaria: R.R.M..
Tesis de jurisprudencia 121/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha once de noviembre de dos mil nueve.
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Ejecutoria num. 14/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-01-2012 (AMPARO DIRECTO)
...al tema analizado resultan ilustrativos los criterios que ha emitido esta Primera Sala en relación a la prueba ilícita: Jurisprudencia 1a./J. 121/2009, publicada en la página 36 del Tomo XXXI, correspondiente a mayo de 2010, materias constitucional y penal, Novena Época del Semanario Judici......
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Ejecutoria num. 32/2020 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 11-11-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...y texto: "VIOLACIONES COMETIDAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. ES FACTIBLE SU ANÁLISIS EN AMPARO INDIRECTO (ALCANCE DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 121/2009). Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia de rubro: ‘AMPARO DIRECTO. PROCEDE QUE EN ÉL SE ANALICE......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-12-2013 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2169/2013)
...Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXXI, Mayo de 2010 Materia(s): Constitucional, Penal Tesis: 1a./J. 121/2009 Página: 36 “AMPARO DIRECTO. PROCEDE QUE EN ÉL SE ANALICEN COMO VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO LAS COMETIDAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA, CUANDO......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-04-2018 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 511/2017)
...en la tesis “VIOLACIONES COMETIDAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. ES FACTIBLE SU ANÁLISIS EN AMPARO INDIRECTO (ALCANCE DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 121/2009).”30 que al analizar la validez de la orden de aprehensión o del auto de vinculación al proceso el juez de amparo está obligado a analizar ......
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Bibliografía
...por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecisiete de abril de dos mil trece. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 121/2009 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, pág. 36, con el rubro:......
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Artículo 16 constitucional
...del amparo, como se observa a continuación: Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 121/2009, sostuvo que en el amparo directo procede analizar como violaciones al procedimiento las cometidas en la averiguación previa cuando afecten los de......