Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 3018 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907959
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el que inicia un juicio de intestado presenta para justificar el parentesco dos copias de actas del Registro Civil, de matrimonio y de defunción, una de las cuales presenta alteraciones en la hora del fallecimiento y la otra no corresponde a la realidad de los hechos, podrá incurrir en los delitos de uso de documento falso y de falsedad en declaraciones ante autoridad administrativa, pero no comete el delito de fraude genérico por engaño del párrafo primero del artículo 386 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, ni en el de fraude de simulatio litis de la fracción X del artículo 387 del mismo ordenamiento, puesto que, en el primer caso, la conducta del inculpado no implica engaño al J. de la sucesión, ni aprovechamiento de un error, ya que el funcionario judicial actúa de acuerdo con los preceptos que rigen el procedimiento. Y, en el segundo, no se estructura la simulatio litis, toda vez que no actúa de acuerdo con el J., que por su calidad de funcionario judicial es un tercero extraño a toda simulación litigiosa, la cual únicamente se puede presentar cuando las partes simulan una contienda judicial que en verdad no existe, ocasionando daños a un tercero. Y, por tanto, no se está en el caso de un procedimiento artificial y engañoso, en el que se haga aparecer lo que en realidad no existe.

Amparo directo 3331/62.-R.T.U. de febrero de 1966.-Cinco votos.-Ponente: J.L.G.G..


Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CIV, Segunda Parte, página 27, Primera Sala.

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