Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2103 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907044
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Ejecutar los hechos en pleno juicio, no es dato que sirva para determinar la peligrosidad, máxime si son los celos el motivo que impulsó al inculpado a cometer el homicidio, estado de ánimo que incuestionablemente es producente de un descontrol psíquico que se sufre y que sin lugar a dudas restringe en mayor o menor grado el raciocinio, por lo que el dato de mérito se revierte en beneficio del mismo. El hecho de eludir a la justicia tampoco es índice de peligrosidad, puesto que es casi natural esa reacción, ya que la libertad es uno de los bienes más preciados del hombre.

Amparo directo 1622/71.-J.A.B. de agosto de 1971.-Mayoría de tres votos.-Ponente: Mario G. Rebolledo F.


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 32, Segunda Parte, página 49, Primera Sala.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR