Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2007 (Tesis num. 1a. LIX/2007 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2007 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 173368 |
Número de resolución | 1a. LIX/2007 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2007 |
Fecha | 01 Febrero 2007 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Febrero de 2007; Pág. 632 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Los derechos fundamentales no son ilimitados en tanto que los poderes constituidos pueden emitir legítimamente normas que regulen su ejercicio, aunque ello debe efectuarse dentro de los límites establecidos por el necesario respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ahora bien, los derechos fundamentales gozan de una estructura interna principal en virtud de la cual, cuando el ejercicio de uno entra en conflicto con el ejercicio de otros, debe atenderse a su peso relativo a la luz de la totalidad de los intereses y bienes relevantes en una particular categoría de casos, y determinar cuál debe considerarse prevaleciente a los efectos de evaluar la razonabilidad constitucional del acto o norma reclamados. Sin embargo, en ocasiones la propia Constitución de la República o los tratados internacionales de derechos humanos incluyen normas específicas sobre límites, que estructuralmente son reglas, no principios, y que por tanto dictan con precisión el tipo de conclusión jurídica que se sigue en una determinada hipótesis. Un ejemplo de aquéllas es la prohibición de la censura previa contenida en el primer párrafo del artículo 7o. constitucional y en el numeral 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 1981; por lo que esta prohibición específica hace innecesario desarrollar el tipo de operación analítica referida para determinar cuándo la limitación a un derecho está o no justificada, es decir, en la medida en que la norma sometida a consideración de este Alto Tribunal pueda calificarse de censura previa, será obligado concluir que es inconstitucional; y sólo si la conclusión es negativa será preciso examinar si es inconstitucional por otros motivos.
Amparo en revisión 1595/2006. S.O.S.. 29 de noviembre de 2006. Cinco votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: R.M.M.G..
-
Sentencia nº SUP-REP-102-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 30 de Mayo de 2016
...Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXV, Febrero de 2007 Materia(s): Constitucional Tesis: 1a. LIX/2007 Página: CENSURA PREVIA. SU PROHIBICIÓN COMO REGLA ESPECÍFICA EN MATERIA DE LÍMITES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. (Se transcribe). Época: Déci......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-07-2012 (AMPARO DIRECTO 8/2012)
...de terceros le corresponderá, en todo caso, a la autoridad jurisdiccional. Para reforzar lo anterior resulta de gran importancia la tesis 1a. LIX/2007, cuyo rubro es “CENSURA PREVIA. SU PROHIBICIÓN COMO REGLA ESPECÍFICA EN MATERIA DE LÍMITES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN”178. En dicho preceden......
-
Ejecutoria num. 8/2012 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2012 (AMPARO DIRECTO)
...de terceros le corresponderá, en todo caso, a la autoridad jurisdiccional. Para reforzar lo anterior, resulta de gran importancia la tesis 1a. LIX/2007, cuyo rubro es: "CENSURA PREVIA. SU PROHIBICIÓN COMO REGLA ESPECÍFICA EN MATERIA DE LÍMITES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.".(178) En dicho pre......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-07-2011 (AMPARO EN REVISIÓN 448/2010)
...Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XXV, Febrero de 2007. Página: 632. Tesis: 1a. LIX/2007. Tesis Aislada. Materia(s): Constitucional). “LIBERTAD DE EXPRESIÓN E IMPRENTA. LA FRACCIÓN XV DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEF......
-
Protocolo de Actuación para la Prevención, Protección y Defensa de los Derechos Humanos de Periodistas y Comunicadores
...de su bando municipal. ● Censura previa. Su prohibición como regla específica en materia de límites a la libertad de expresión. Tesis 1a. LIX/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXV, febrero de 2007, p. 632; ● Libertad de expresión. Los artículos 6o. y 7o......