Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 2005 (Tesis num. 1a. XC/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2005 (Tesis Aisladas))

Número de registro177462
Número de resolución1a. XC/2005
Fecha de publicación01 Agosto 2005
Fecha01 Agosto 2005
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Agosto de 2005; Pág. 303
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Del citado precepto se advierte que el delito de revelación de secretos corresponde a una mezcla de la categoría de los denominados delitos de peligro, en una parte, y en otra, se inscribe dentro de la clase de los de resultado, ya que el elemento normativo "o en perjuicio de otro", se establece como disyuntiva del también elemento normativo "indebidamente"; lo cual significa que a falta de éste, para que se configure el delito, debe darse aquel requisito de perjuicio como necesaria existencia de un daño, de un menoscabo o detrimento en los bienes morales o materiales del ofendido, por revelación, divulgación o utilización de la información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada. Es decir, se considerará conducta ilícita el solo hecho de revelar, difundir o utilizar indebidamente la información, pero también se admite como ilícito una forma de comisión material, al prever el posible perjuicio a alguien por dicha conducta.

Amparo en revisión 534/2005. 22 de junio de 2005. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: M.G.D..

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