Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Julio de 2005 (Tesis num. 1a. LXVII/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-07-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. LXVII/2005
Fecha de publicación01 Julio 2005
Fecha01 Julio 2005
Número de registro177822
MateriaOtra
LocalizadorNovena Época; Primera Sala; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XXII, Julio de 2005; Pág. 442; [T.A.];
EmisorPrimera Sala

De conformidad con el último párrafo del artículo 83 de la Ley de Amparo, quien obtenga resolución favorable a sus intereses puede adherirse a la revisión interpuesta por el recurrente, expresando los agravios respectivos dentro del término de cinco días, computado a partir de la fecha en que se le notifique la admisión del recurso. Ahora bien, si se toma en cuenta que la adhesión al recurso carece de autonomía en cuanto a su trámite y procedencia, pues sigue la suerte procesal de éste y, por tanto, el interés de la parte adherente está sujeto a la suerte del recurso principal, es evidente que cuando el sentido de la resolución dictada en éste es favorable a sus intereses, desaparece la condición a la que estaba sujeto el interés jurídico de aquélla para interponer la adhesión, esto es, la de reforzar el fallo recurrido y, por ende, debe declararse sin materia el recurso de revisión adhesiva.

Amparo directo en revisión 327/2005. E. de la L.B.C.. 4 de mayo de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: A.C.C. Posada.

42 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
    • México
    • Segunda Sala
    • 1 Agosto 2007
    ...revisión adhesiva interpuesta por el secretario de Hacienda y Crédito Público en su carácter de tercero perjudicado conforme a la tesis 1a. LXVII/2005(3) de la Primera Sala de este Tribunal, cuyo rubro "REVISIÓN ADHESIVA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA AL DESAPARECER LA CONDICIÓN A LA QUE SE S......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-04-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 24/2018)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 18 Abril 2018
    ...SE CONDENE A ELLA BASTA QUE EL JUZGADOR TENGA POR ACREDITADA LA COMISIÓN DEL ILÍCITO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).” 15 Tesis número 1a. LXVII/2005, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXII, página 442, correspondiente a julio de 2005. El precedente ......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-05-2007 (AMPARO EN REVISIÓN 1976/2006)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 9 Mayo 2007
    ...competencia, para realizar el estudio a fin de determinar la procedencia del recurso y, en su caso, resolver su desechamiento”. 2 “Tesis 1a. LXVII/2005. Novena Época. Primera Sala. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXII, Julio de 2005, página Amparo directo en revisión 3......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-04-2007 ( AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 317/2007 )
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 18 Abril 2007
    ...reproduce: Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XXII, Julio de 2005 Tesis: 1a. LXVII/2005 Página: "REVISIÓN ADHESIVA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA AL DESAPARECER LA CONDICIÓN A LA QUE SE SUJETA EL INTERÉS DEL ADHERENTE. De conform......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR