Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 2006 (Tesis num. 1a. CI/2006 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-2006 (Tesis Aisladas))

Número de registro174932
Número de resolución1a. CI/2006
Fecha de publicación01 Junio 2006
Fecha01 Junio 2006
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Junio de 2006; Pág. 183
EmisorPrimera Sala
MateriaAdministrativa

Si los actos que se reclaman en el juicio de amparo indirecto únicamente contienen medidas inherentes al aspecto disciplinario y de seguridad que deben regir dentro de un centro penitenciario, como lo es el de control interno respecto a la distribución de las celdas, así como el traslado de un interno a una diversa, no puede considerarse que se trate de actos de naturaleza penal pues no provienen del proceso que se le instruyó al sentenciado, ni del juzgador penal ante el cual se siguió la causa instaurada en su contra, sino que se trata de medidas de carácter disciplinario y de seguridad emanadas de facultades atribuidas a las autoridades administrativas encargadas del centro penitenciario en el que se encuentra recluido. En congruencia con lo anterior, se concluye que la competencia para conocer del recurso de revisión en el que se combate la resolución recaída al mencionado juicio de amparo indirecto, se surte a favor de un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, sin que ello exima a dicho órgano colegiado de examinar los agravios planteados en la revisión supliendo la queja deficiente en términos del artículo 76 Bis, fracción II, de la Ley de Amparo, si el peticionario de garantías, al impugnar los actos reclamados a través del juicio de amparo, está privado de su libertad y recluido en un centro penitenciario.

Competencia 22/2006. Suscitada entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del mismo circuito. 26 de abril de 2006. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: R.A.L..

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