Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234000
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

No debe tenerse al acusado como autor del delito de homicidio simple intencional, si de autos aparece que, al disparar contra la víctima, lo hizo después de haberse integrado a la contienda de obra sostenida entre dos pandillas, con la intención de lesionar a cuatro sujetos participantes que, con anterioridad, lo habían golpeado. Al penetrar al terreno de la contienda de obra, con el ánimo de lesionar, suscitada entre ambos grupos de sujetos, corriendo los riesgos propios de ella, jurídico es concluir que al disparar en contra del hoy occiso y causarle la muerte, es responsable de homicidio en riña, porque el resultado típico y antijurídico lo produjo cuando participaba en el intercambio de acciones lesivas.

Amparo directo 4905/86. J.L.C.G.. 4 de febrero 1987. Cinco votos. Ponente: F.P.V.. Secretaria: M.E.M. de Duarte.



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