Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259551
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si el acusado, en su carácter de particular priva de la libertad al ofendido, sin orden de autoridad competente, y sin que dicho ofendido haya sido sorprendido "in fraganti" en la comisión de algún delito, y aunque es verdad que la fracción I del artículo 264 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, se refiere a tener una cárcel privada, y que las cárceles son establecimientos públicos destinados a la custodia y seguridad de los en ellas recluidos, sin embargo, el término debe de interpretarse en su sentido amplio y no en el restringido, y por tanto, si la privación ilegal de la libertad se lleva a cabo en un domicilio particular, el cuerpo del delito queda integrado.

Amparo directo 4529/63. J.H.A.. 8 de mayo de 1964. Cinco votos. Ponente: A.R.V..

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