Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262393
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La fe judicial de los daños no es la única prueba con la que se puede llegar a la apreciación cierta de la existencia de aquellos, sino que los mismos pueden demostrarse por otros medios.

Amparo directo 2532/59. S.J.E.. 17 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: R.C.S..

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