Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro279822
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En el Estado de Sonora, la reconstrucción, de hechos no está reconocida como un medio de prueba por la ley procesal, por lo que no tiene valor sustancial; y aun cuando es verdad que puede considerarse como una especie de careo o de constatación con la realidad de las pruebas admitidas por la ley, también lo es que su importancia es muy relativa, ya que no puede aportar hechos nuevos, sino ilustrar, en algunos casos, el criterio del Juez, quien, por otra parte, podrá dar a la misma, la apreciación que estime conducente; de lo que se infiere que su omisión, no implica que se deje sin defensa al acusado, porque no desvanece el cargo que en contra del mismo existe, si el mismo quedó determinado por las pruebas acopiadas durante la instrucción.

Amparo penal directo 1209/32. G.P.. 30 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR