Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro296172
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si de las constancias de autos no resulta en forma alguna probada la aseveración del reo consistente en que el ofendido recibió el cheque a sabiendas de que aquél carecía de fondo en el banco, y en cambio, por la declaración del reo, que no fue desvirtuada en forma alguna durante la tramitación del proceso, quedó plenamente comprobada su culpabilidad como responsable del delito de fraude señalado por el artículo 386 del Código Penal Federal y previsto por el 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; el caso no está comprendido en ninguna de los motivos señalados en el artículo 560 del Código de Procedimientos Penales, y no procede conceder el indulto necesario.

Indulto Necesario 3/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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