Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297201
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El delito de bigamia, por su naturaleza, no puede producir efectos en lo referente a cuestiones patrimoniales de alimentos en relación con la cónyuge legítima, ya que ésta tiene a su alcance para dilucidar esas cuestiones la vía civil o la penal, en su caso, dentro del delito de abandono de personas previsto por el artículo 336 del Código Penal; por lo que resultan ilegales los razonamientos formulados por la jurisdicción represiva para condenar al quejoso al pago de la reparación del daño a su esposa legítima.

Amparo penal directo 8901/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: F. de la Fuente y J.V.V.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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