Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro298342
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

A. roturar los quejosos sin autorización previa, las tierras de comunidad de un ejido y producir los consiguientes perjuicios, en los pastales destinados al mantenimiento de los semovientes de los ejidatarios, incurrieron en la consiguiente responsabilidad penal; pero no llegó a comprobarse el cuerpo del delito de daño en propiedad ajena, sino que, a lo sumo, los hechos atribuídos a los sentenciados constituirían, en su caso, la ejecución de un delito de despojo de inmuebles, ya que el daño en propiedad ajena, se configura cuando, con la posesión transitoria, momentánea, se causa un daño, pero cuando, como en el caso, se hace uso de un inmueble por largo tiempo y puntualmente ese uso es el que origina daños por falta de percepción de productos, se configura el delito de despojo si es que concurren el resto de las circunstancias que tipifican esta última infracción.

Amparo penal directo 5684/50. S.M.F. y coags. 31 de agosto de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: T.O. y L. y L.C.G.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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