Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro300150
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si no hay prueba alguna de que el arma que portaba el reo, fuera de las reservadas para el exclusivo uso del ejército, de la armada o de la guardia nacional, y por el contrario, aparece que portaba una pistola que no tiene aquella característica, ni tampoco es de las prohibidas expresamente por el artículo 45 del Código Penal que rige en el estado, es incuestionable que la omisión del requisito relativo a la licencia solo puede entrañar un quebranto a los bandos de policía y de buen gobierno, pero no una figura delictiva. Nota: esta tesis se refiere a el artículo 45 del Código Penal, del estado de Jalisco, vigente en la época en que se promovió el amparo respectivo.

Amparo penal directo 1255/48. S.T.J.. 22 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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