Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro306037
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Debe estimarse violatoria de garantías la sentencia que sanciona al quejoso como reo del delito de portación de arma de fuego, a pesar de haberse acreditado en la causa que el arma que se le recogió no es de las que están reservadas para el uso exclusivo del Ejército, de la Armada y de la Guardia Nacional. En casos análogos, se ha resuelto que la portación de armas de fuego en las ciudades es una garantía constitucional, aunque sujeta a lo que prevengan los bandos de policía, cuya infracción no constituya un delito; así lo establece el artículo 10 de la Constitución Federal, al prevenir, en su parte final, que la portación de armas autorizadas por el propio precepto, se encuentra sujeta en las poblaciones, a los reglamentos de policía, de lo que se desprende que cuando no se cumple ese requisito, se incurre en una infracción a tales reglamentos, pero no se comete un delito.

Amparo penal directo 6280/44. M.J.J.. 11 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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