Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307272
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

De acuerdo con el artículo 73, reformado, del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social, vigente en el Estado de Yucatán, las declaraciones rendidas ante la Policía Judicial del Estado tienen valor probatorio pleno; por lo que, si de éstas se desprende que los inculpados se apoderaron de diversas cabezas de ganado vacuno de la propiedad de los querellantes, beneficiándolas y distribuyéndose entre todos su carne, es claro que este antecedente configura, en el caso, el delito de robo que se les atribuye, dado que los semovientes están civilmente clasificados como bienes muebles para todos los efectos legales.

Amparo penal directo 3415/43. P.F. y coagraviados. 22 de julio de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: C.L.A.. Disidente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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