Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307899
EmisorPrimera Sala
MateriaCivil

Si bien es cierto que el patrimonio de familia es inalienable, y por lo mismo no puede menoscabarse ni afectarse en forma alguna, porque está llenando una función que beneficia a la familia, esto debe entenderse con relación a las personas extrañas a ese patrimonio, pues si la afectación tiene por fin beneficiar a la familia, entonces puede disponerse de él, máxime si el aseguramiento judicial es para que se cubran las pensiones alimenticias de la esposa del quejoso y de los hijos menores; de manera que si se les impidiera la percepción de lo indispensable para la subsistencia, se les causarían perjuicios irreparables, contrariando disposiciones de orden público, que radica en que ninguna persona carezca de lo indispensable para su subsistencia.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5410/42. E.S.. 13 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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