Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309763
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el acusado se encontraba distanciado de su esposa; y por causarle molestias, en horas de la tarde arrojo una colilla de cigarro encendida sobre el puesto de cohetes, que aquella tenia, y por la explosión, se produjo la muerte de una persona, no se advierte el propósito de producir un verdadero incendio, por no ser el medio que se empleo, el apropiado para ello ni la hora oportuna, para efectuar el delito, sin ser visto o que pudiera ser evitada la conflagración; tanto mas, si ignoraba que su esposa acostumbraba tener en el puesto, en un cajón, a la menor que resultó víctima de los hechos ejecutados por el acusado, no resultan el propósito expreso de hacer desaparecer a la niña, porque si esas hubieran sido las intenciones, habría empleado algún otro medio para matarla. Todo esto demuestra la absoluta falta de intención de cometer el delito de homicidio; pero los hechos ejecutados indican que obró con imprudencia y una falta absoluta de reflexión, porque es injustificado el hecho de arrojar una materia en ignición, en un lugar en donde se sabe que existen objetos susceptibles de inflamarse momentáneamente; y ésta imprevisión y torpeza, lo hacen acreedor a una sanción por el delito no intencional de homicidio; y la sentencia que considera el homicidio como intencional, es violatoria de garantías: debiendo concederse el amparo, para que se dicte nuevo fallo, apreciando el caso como homicidio no intencional, sino culposo, y se aplique la pena que corresponda, haciendo la clasificación de la gravedad de la imprudencia.

Amparo penal directo 2938/39. S.S.C.. 4 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.



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