Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352592
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Si bien es cierto que el auto que desecha el recurso de apelación extraordinaria, constituye un acto negativo, también lo es que trae como consecuencia, dejar firme la sentencia del J., quien puede ejecutar su resolución, y si el amparo y la suspensión se piden para impedir esa ejecución, alegando que el rechazamiento del recurso es acto violatorio de garantías, no es de aceptarse el argumento de que el amparo no se endereza contra la sentencia del J., no resulta lógico ni procedente suspender su ejecución, pues como ya se dijo, al quedar firme la sentencia por la falta del recurso, es lógico que el J. puede ejecutar su fallo, y procede conceder la suspensión para impedirlo, si se está dentro de los términos previstos por la Ley de Amparo.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2285/42. G.L.. 20 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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