Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 1997 (Tesis num. P./J. 69/97 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-1997 (Reiteración))
| Emisor | Pleno |
| Número de registro | 197668 |
| Número de resolución | P./J. 69/97 |
| Fecha de publicación | 01 Septiembre 1997 |
| Fecha | 01 Septiembre 1997 |
| Época | Novena Época |
| Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
| Materia | Común |
| Localizador | [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 117 |
La regla general es que si los agravios de la revisión principal no prosperan, es innecesario el examen de los expresados en la revisión adhesiva, o bien que primero se estudien los agravios en la principal y luego, de haber prosperado aquéllos, los de la adhesiva, por tener ésta un carácter accesorio de aquélla. Sin embargo, si en la revisión adhesiva se alegan cuestiones relativas a la improcedencia del juicio de garantías, éstas deben analizarse previamente a la revisión principal, por ser dicho estudio una cuestión de orden público, en términos del último párrafo del artículo 73 de la Ley de Amparo.
PRECEDENTES:
Amparo en revisión 1567/96. Comerdis del Norte, S.A. de C.V. 28 de octubre de 1996. Once votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: H.F.R.O..
Amparo en revisión 1578/96. Servicios Comerciales de La Laguna, S.A. 28 de octubre de 1996. Once votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: G.C.O..
Amparo en revisión 1570/96. A.A.G.. 28 de octubre de 1996. Once votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: G.C.O..
Amparo en revisión 1554/96. Comerdis del Norte, S.A. de C.V. 28 de octubre de 1996. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: M.A.G.. Secretario: H.S.C..
Amparo en revisión 1568/96. Comerdis del Norte, S.A. de C.V. 28 de octubre de 1996. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: R.L.H..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el ocho de septiembre en curso, aprobó, con el número 69/1997, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete.
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