Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 2003 (Tesis num. P./J. 52/2003 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-2003 (Controversia Constitucional))
Número de registro | 183319 |
Número de resolución | P./J. 52/2003 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2003 |
Fecha | 01 Septiembre 2003 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1057 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Controversia Constitucional |
Materia | Constitucional |
Dicho precepto establece que podrán comparecer a juicio los funcionarios que, en los términos de las normas que los rigen, estén facultados para representar a los órganos correspondientes y que, en todo caso, la representación se presumirá, salvo prueba en contrario. Ahora bien, del contenido de esa facultad otorgada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para presumir la representación de quien promueve se desprende que la interpretación jurídica que debe realizarse respecto de las normas que regulan dicho presupuesto procesal, admite interpretación flexible, de manera que se procure no convertir las normas legales en obstáculos para el acceso a la justicia, si se advierte que se presenta una hipótesis no prevista específicamente en la ley local y, sobre todo, si en autos existen elementos de los que se infiere que quien promueve no actúa en interés propio, sino en el del órgano en nombre de quien lo hace.
PRECEDENTES:
Controversia constitucional 327/2001. F.I.G.O., como presidente municipal de Tecámac, Estado de México, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del mismo Estado. 8 de julio de 2003. Once votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: M.A.H.C.C..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintiocho de agosto en curso, aprobó, con el número 52/2003, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de agosto de dos mil tres.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-11-2009 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 32/2009)
...Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XXV, Mayo de 2007. Tesis: P.XV/2007. P.ina: 1534. 42 Jurisprudencia P./J. 52/2003, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XVIII, Septiembre de 2003, página: 43 Jurisprudencia P./J. 64/96, publicada en ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-04-2004 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 102/2003)
...en sesión de cabildo se le confiriera representación para intentar esta vía. Al caso tiene aplicación la jurisprudencia plenaria número P./J. 52/2003, cuyos datos de identificación, rubro y texto, son los Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gacet......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-12-2017 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 34/2017)
...no lo hace en defensa de un interés propio, sino en el del órgano a nombre de quien lo hace. Así se desprende de la jurisprudencia P./J. 52/2003 del Tribunal Pleno que se lee bajo el rubro: “CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ART......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-08-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN DERIVADO DEL JUICIO SOBRE EL CONVENIO DE COORDINACIÓN FISCAL 44/2019-CA)
...favor la presunción del primer párrafo del artículo 11 de la Ley Reglamentaria en términos del criterio del Pleno contenido en la tesis P./J. 52/2003. Incluso, parafraseando su texto, señaló que dicho precepto se debe interpretar de forma flexible para procurar que las normas legales no se ......