Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. P./J. 95/2009 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2009 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro166971
Número de resoluciónP./J. 95/2009
Fecha de publicación01 Julio 2009
Fecha01 Julio 2009
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 1431
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Administrativa

Acorde con la doctrina y la legislación tributaria, los derechos son las contraprestaciones que se pagan a la hacienda pública del Estado, como precios por servicios de carácter administrativo prestados por los órganos del poder público a las personas que los soliciten. Ahora bien, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que dichas contribuciones satisfacen los principios tributarios de proporcionalidad y equidad previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando existe un equilibrio razonable entre la cuota y el servicio prestado, y cuando se da un trato igual a quienes reciben servicios análogos. En este contexto, las leyes federales o locales que regulan los derechos por la inscripción, anotación, cancelación o expedición de certificaciones de actos jurídicos o documentos en un registro público, estableciendo su cuantificación mediante un porcentaje o factor (sea por ejemplo, a la decena, a la centena o al millar), tomando en cuenta valores económicos o comerciales distintos al costo del servicio prestado por la administración pública, violan los indicados principios tributarios, pues se produce el efecto de que los contribuyentes paguen una mayor o menor cantidad dependiendo del monto de la operación que dé lugar a tales actos registrales, provocando que una misma función estatal, que tiene el mismo costo, cause distintas contraprestaciones en dinero.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 107/2007. Procurador General de la República. 13 de abril de 2009. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: S.S.A.A. y G.D.G.P.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: M.A.S.M..

El Tribunal Pleno, el primero de julio en curso, aprobó, con el número 95/2009, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a primero de julio de dos mil nueve.

180 sentencias
1 artículos doctrinales
  • Las contribuciones, sus accesorios y los ingresos públicos no tributarios
    • México
    • Código fiscal de la Federación
    • 22 Julio 2018
    ...registrales, provocando que una misma función estatal, que tiene el mismo costo, cause distintas contraprestaciones en dinero. Tesis: P./J. 95/2009, S.J.F. y su Gaceta, 9a. Epoca, Pleno,Tomo XXX, Julio de 2009, pág. ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD 107/2007. Procurador General de la República......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR