Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Mayo de 1999 (Tesis num. P./J. 38/99 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-1999 (Controversia Constitucional))
Número de registro | 194015 |
Número de resolución | P./J. 38/99 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1999 |
Fecha | 01 Mayo 1999 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; IX, Mayo de 1999; Pág. 917 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Controversia Constitucional |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
De conformidad con lo ordenado por el artículo 52 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el recurso de reclamación deberá interponerse en un plazo de cinco días. La forma de realizar el cómputo respectivo la establecen los artículos 6o. y 3o., fracción I, del mismo cuerpo normativo, al señalar respectivamente, que las notificaciones surten sus efectos a partir del día siguiente al en que hubieren quedado legalmente hechas y que los plazos comenzarán a correr al día siguiente al en que surte sus efectos la notificación, incluyéndose en ellos el día de vencimiento. Finalmente, debe señalarse que, de conformidad con el artículo 2o. de la misma ley, se considerarán como hábiles todos los días que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
PRECEDENTES:
Recurso de reclamación 134/98-PL relativo a la controversia constitucional 19/98. Ayuntamiento del Municipio de Tultepec, Estado de México. 4 de marzo de 1999. Once votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: A.A.R.C..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintisiete de abril en curso, aprobó, con el número 38/1999, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de abril de mil novecientos noventa y nueve.
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Ejecutoria num. 97/2017-CA DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 4/2017 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN EN CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y EN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...en un plazo de cinco días y en él deberán expresarse agravios y acompañarse pruebas. 7. Al respecto resulta aplicable la jurisprudencia P./J. 38/99, de rubro: "RECLAMACIÓN EN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. RECURSO DE. DEBE INTERPONERSE DENTRO DE LOS CINCO DÍAS SIGUIENTES AL EN QUE SURTA EFECT......
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Ejecutoria num. 50/2014-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 97/2014 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2016 (RECURSO DE RECLAMACIÓN)
...de cinco días y en él deberán expresarse agravios y acompañarse pruebas". Al respecto, sirve de apoyo la tesis de jurisprudencia número P./J. 38/99 del Tribunal Pleno, de rubro: "RECLAMACIÓN EN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. RECURSO DE. DEBE INTERPONERSE DENTRO DE LOS CINCO DÍAS SIGUIENTES AL......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-06-2009 (RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONST. 30/2009-CA)
...a partir del día siguiente al en que surte efectos la notificación del proveído impugnado, según se desprende de la jurisprudencia P./J. 38/99, de rubro: “RECLAMACIÓN EN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. RECURSO DE. DEBE INTERPONERSE DENTRO DE LOS CINCO DÍAS SIGUIENTES AL EN QUE SURTA EFECTOS LA......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-11-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONST. 92/2016-CA)
...se considerarán como hábiles todos los días que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Tesis de jurisprudencia P./J. 38/99, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX Mayo de 1999, página 15 A foja 73 del recurso de reclamaci......