Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 2001 (Tesis num. P./J. 93/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2001 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro189355
Número de resoluciónP./J. 93/2001
Fecha de publicación01 Julio 2001
Fecha01 Julio 2001
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Julio de 2001; Pág. 692
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional

Si encontrándose en trámite una acción de inconstitucionalidad promovida en contra de una norma de carácter general, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una diversa acción de inconstitucionalidad, declara la invalidez de aquélla en su totalidad con efectos generales, resulta inconcuso que debe sobreseerse en el juicio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 20, fracción II, en relación con los numerales 19, fracción V, 65 y 72, todos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que se actualiza la causa de improcedencia consistente en la cesación de efectos de la norma materia de la controversia, aplicable a las acciones de inconstitucionalidad por disposición del artículo 59 de la mencionada ley reglamentaria.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 21/2001. Partido Convergencia por la Democracia. 15 de mayo de 2001. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretarios: P.A.N.M. y M.A.S.P..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy tres de julio en curso, aprobó, con el número 93/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a tres de julio de dos mil uno.

59 sentencias

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