Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Enero de 2002 (Tesis num. P./J. 147/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-01-2002 (Controversia Constitucional))
Número de registro | 188008 |
Número de resolución | P./J. 147/2001 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2002 |
Fecha | 01 Enero 2002 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XV, Enero de 2002; Pág. 919 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Controversia Constitucional |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción II, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de controversias constitucionales, el plazo para la interposición de la demanda, cuando se impugnen normas generales, será de treinta días contados a partir del siguiente al de su publicación o de aquel en que se produzca el primer acto de aplicación; por tanto, para efectos de la procedencia de esta vía constitucional, resulta irrelevante la circunstancia de que la norma general cuya invalidez se demanda haya entrado o no en vigor.
PRECEDENTES:
Controversia constitucional 29/2000. Poder Ejecutivo Federal. 15 de noviembre de 2001. Once votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: P.A.N.M..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy seis de diciembre en curso, aprobó, con el número 147/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a seis de diciembre de dos mil uno.
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...o no en vigor." (Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, enero de 2002, tesis P./J. 147/2001, página Por su parte, el Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala solicita (foja 78) que se sobresea en la presente controversia constitucio......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-10-2014 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 34/2012)
...de que la norma general cuya invalidez se demanda haya entrado o no en vigor.” (Novena Época, registro 188008, Pleno, Jurisprudencia P./J. 147/2001, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XV, enero de dos mil dos, página Además, si las normas impugnadas provocan o no una afec......
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Ejecutoria num. 2/2015-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 4/2015 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2016 (RECURSO DE RECLAMACIÓN)
...Tomo VII, Enero de 1998; P.. 898. P./J. 9/98. 10. Localización: [J]; 9a. Época; P.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Enero de 2002; P.. 919. P./J. 147/2001 11. Ver la Controversia Constitucional 54/2005 y la tesis de rubro "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. TRATÁNDOSE DE NORMAS GENERALES, AL ESTUDIA......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-10-2007 ( RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONST. 16/2007-CA )
...la demanda inicia a partir del día siguiente al de su publicación.--- Lo anterior encuentra sustento en el criterio contenido en la tesis P./J. 147/2001 emitido por el Tribunal Pleno de que dice: ‘CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES. LA CIRCUNTANCIA DE QUE LA NORMA GENERAL IMPUGNADA NO HAYA ENTR......