Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 2004 (Tesis num. P./J. 34/2004 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-2004 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 181362 |
Número de resolución | P./J. 34/2004 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2004 |
Fecha | 01 Junio 2004 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Junio de 2004; Pág. 866 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional |
Del artículo 163 de la Constitución Política del Estado de Sonora se desprende que para que la misma pueda ser adicionada o reformada es necesario que se satisfagan dos requisitos, a saber: 1) Que hayan sido acordadas por las dos terceras partes de los miembros del Congreso; y 2) Que se aprueben por la mayoría de los Ayuntamientos del Estado, en la inteligencia de que la aprobación debe constar de manera fehaciente y no inferirse. En consecuencia, si de las actas de cabildo que el Congreso tomó en cuenta para el cómputo respectivo se advierte que se presentaron para su discusión y "aprobación" las reformas o adiciones constitucionales, pero sin que conste de manera expresa que las aprobaron, es claro que estas actas no acreditan la aprobación de dichas reformas, como tampoco aquellas en las que se haga referencia a otra ley o decreto, ni en las que el cabildo autorizó al diputado de su distrito a decidir sobre su aprobación.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 23/2003. Diputados integrantes de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado de Sonora. 3 de febrero de 2004. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: G.I.O.M. y H.R.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretarios: P.A.N.M. y M.A.S.P..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veinticuatro de mayo en curso, aprobó, con el número 34/2004, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veinticuatro de mayo de dos mil cuatro.
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...así como la expresa aprobación de las mismas. Este criterio se encuentra reflejado en el texto de la tesis de jurisprudencia P./J. 34/2004 de este Tribunal Pleno, que establece lo "CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SONORA. PARA QUE SUS REFORMAS Y ADICIONES FORMEN PARTE DE ELLA, ES NECESAR......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-08-2010 ( ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 11/2010 )
...Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XIX. Junio de 2004. Materia(s): Constitucional, Tesis: P./J. 34/2004, página: 48
- Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-11-2015 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 73/2015)
...Estado y Municipal, cuando menos una vez al año. 93 Foja 367 del cuaderno de pruebas del Poder Legislativo. 94 Tesis de Jurisprudencia P./J. 34/2004 del Tribunal Pleno, Novena Época, localizable en el Semanario Judicial de la Federación, en el Tomo IXI, página 866, Junio de 2004, con número......- Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-09-2015 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 44/2015)
...diluye el eventual equilibrio y control político derivado del voto ciudadano. Cita en apoyo a sus argumentos la tesis de jurisprudencia P./J. 34/2004 de rubro: “CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SONORA. PARA QUE SUS REFORMAS Y ADICIONES FORMEN PARTE DE ELLA, ES NECESARIO QUE LA APROBACIÓN......Solicita tu prueba para ver los resultados completos - Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-11-2015 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 73/2015)