Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. P./J. 44/2005 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-2005 (Controversia Constitucional))

Número de registro178392
Número de resoluciónP./J. 44/2005
Fecha de publicación01 Mayo 2005
Fecha01 Mayo 2005
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Mayo de 2005; Pág. 1203
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

La autoridad hacendaria federal debe cumplir con lo señalado en el citado precepto, para la afectación de las participaciones que en ingresos federales les correspondan a las entidades federativas o a los Municipios otorgadas en garantía de dicho pago, por lo que previamente a ordenar el descuento de dichas participaciones, debe confirmar la existencia de la mora en el cumplimiento de las obligaciones garantizadas por el Municipio obligado, pues tal confirmación es un requisito indispensable para la procedencia de la afectación de las indicadas participaciones, si se toma en consideración que tal eventualidad surge cuando el contratante deudor ha incumplido con la obligación de pagar oportunamente; de ahí que la exigencia de la confirmación de la mora resulte de la necesidad de otorgar al Municipio certeza y seguridad jurídica respecto de los actos realizados en su contra por la autoridad fiscal federal; es decir, asegurarle la prerrogativa de defensa ante cualquier acto de dicha autoridad que incumpla con los requisitos exigidos para tal efecto por las normas aplicables, tendiente a hacer efectiva la obligación garantizada.

PRECEDENTES:

Controversia constitucional 35/2002. Municipio de Mexicali, Estado de Baja California. 4 de abril de 2005. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: G.D.G.P.; en su ausencia hizo suyo el asunto O.S.C. de G.V.. Secretarios: A.T.E., M.P.M. y M.S.D..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy doce de mayo en curso, aprobó, con el número 44/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil cinco.

3 sentencias

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