Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 2005 (Tesis num. P./J. 3/2005 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 179367 |
Número de resolución | P./J. 3/2005 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2005 |
Fecha | 01 Febrero 2005 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Febrero de 2005; Pág. 5 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
De acuerdo con la técnica para resolver los juicios de amparo directo del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, con independencia de la materia de que se trate, el estudio de los conceptos de violación que determinen su concesión debe atender al principio de mayor beneficio, pudiéndose omitir el de aquellos que, aunque resulten fundados, no mejoren lo ya alcanzado por el quejoso, inclusive los que se refieren a constitucionalidad de leyes. Por tanto, deberá quedar al prudente arbitrio del órgano de control constitucional determinar la preeminencia en el estudio de los conceptos de violación, atendiendo a la consecuencia que para el quejoso tuviera el que se declararan fundados. Con lo anterior se pretende privilegiar el derecho contenido en el artículo 17, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consistente en garantizar a los ciudadanos el acceso real, completo y efectivo a la administración de justicia, esto es, que en los diversos asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de amparo se diluciden de manera preferente aquellas cuestiones que originen un mayor beneficio jurídico para el gobernado, afectado con un acto de autoridad que al final deberá ser declarado inconstitucional.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 37/2003-PL. Entre las sustentadas por la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 31 de agosto de 2004. Unanimidad de diez votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: M.E.S.F..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy siete de febrero en curso, aprobó, con el número 3/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de febrero de dos mil cinco.
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Ejecutoria num. 14/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-01-2012 (AMPARO DIRECTO)
...de México, el veintiséis de junio de dos mil nueve, en el toca de apelación **********. 83. El criterio se refleja en la jurisprudencia P./J. 3/2005, publicada en la página 5 del Tomo XXI, correspondiente a febrero de 2005, materia común, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación......
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Ejecutoria num. 108/2012 de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-07-2012 (AMPARO DIRECTO)
...amparo de la Justicia Federal, resulta innecesario el estudio de los demás motivos de queja." Asimismo, se cita en apoyo la jurisprudencia P./J. 3/2005 sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en las páginas 5 y 6, Tomo XXI, Febrero de 2005, Novena Épo......
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Sentencia nº SG-JDC-1031-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Guadalajara, 15 de Diciembre de 2010
...puede originar una lesión, sino que, lo trascendental, es que todos sean estudiados. Asimismo, por identidad de razón, se invoca la tesis P./J. 3/2005 emitida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,......
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Sentencia nº SX-JDC-400-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 22 de Mayo de 2015
...que el estudio de los conceptos de agravio debe atender al principio de mayor benefici o, criterio contenido en la jurisprudencia P./J. 3/2005, 7 de rubro: DE VIOLACIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL ESTUDIO DE LOS QUE DETERMINEN SU CONCESIÓN DEBE ATENDER AL PRINCIPIO DE MAYOR BENEFICIO, PUDIÉNDOSE ......
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La nueva suplencia en el juicio de amparo: de la regla al principio
...de ser la excepción del estricto derecho, al principio en cuanto máxima de optimización previsto en la Constitución Federal. 30Tesis: P./J. 3/2005, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, febrero de 2005, p. 5. 31Junto con la universalidad, interdependencia ......
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Resolución correspondiente al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 21481/12-17-02-11/1668/13-PL-03-04 [10]. VII-RyVP-SS-3
...violatorio del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Sirve de apoyo por analogía, la Jurisprudencia P./J. 3/2005, sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE......
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Resolución correspondiente al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 702/14-02-01-7/1681/14-PL-04-04. VII-RyVP-SS-4
...virtud de que su resultado no reportaría un mayor beneficio a la actora, que el alcanzado. Sirve de apoyo por analogía, la Jurisprudencia P./J. 3/2005, sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la 3 Sánchez Cordero de García V......
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Precedentes judiciales en 2005 -Código Fiscal de la Federación y Ley de Amparo-
...RESULTEN FUNDADOS, NO MEJOREN LO YA ALCANZADO POR EL QUEJOSO, INCLUSIVE LOS QUE SE REFIEREN A CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES. Jurisprudencia P./J. 3/2005, sustentada por el pleno de la SCJN, localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXI, febrero de 2005, página Lo......