Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Noviembre de 2010 (Tesis num. P./J. 103/2010 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-11-2010 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 163479 |
Número de resolución | P./J. 103/2010 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2010 |
Fecha | 01 Noviembre 2010 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1206 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
El tema del financiamiento del Estado adquiere una importancia superlativa en el ejercicio del poder público porque las deudas que pesan sobre las finanzas del Estado comprometen el crédito público; esto es, afectan hacia el futuro los recursos públicos que han de destinarse para su pago o garantía, así como las cargas que se dejan a las generaciones futuras. En efecto, son los gobernados quienes aportan los recursos con los que dichos compromisos financieros habrán de cumplirse de momento a momento y, en su beneficio, teóricamente, se justifica la adquisición de tales obligaciones; por ende, las consecuencias del endeudamiento, con todas las ventajas que pueda representar, inciden en todos los ámbitos de la vida nacional, como son el rumbo y proyecto de país al que se aspira, la planeación del desarrollo, la economía, el empleo y las políticas sociales, entre otras; de ahí que este legítimo interés de todos en la hacienda pública, y más específicamente en el rubro del endeudamiento, se ejerce desde un principio, precisamente, a través de la representación que asiste al Poder Legislativo y, en sistemas bicamerales, generalmente a través de la Cámara de Diputados.
Acción de inconstitucionalidad 163/2007. Diputados integrantes de la LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Sonora. 17 de noviembre de 2009. Unanimidad de diez votos en relación con el criterio contenido en esta tesis y mayoría de ocho votos en relación con los puntos resolutivos de la sentencia respectiva; votaron en contra: M.B.L.R. y G.I.O.M.. Ausente: M.A.G.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretarios: M.A.H.C.C., R.M.R.V.C. y J.L.R. de la Torre.
El Tribunal Pleno, el siete de octubre en curso, aprobó, con el número 103/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de octubre de dos mil diez.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-06-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 580/2016)
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...Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XXXII, Noviembre de 2010. Materia(s): Constitucional. Tesis: P./J. 103/2010. Página: 1206. DEUDA PÚBLICA. LAS DECISIONES ACERCA DEL ENDEUDAMIENTO DEL ESTADO DEBEN SER REFLEJO DE UN EJERCICIO DEMOCRÁTICO DEL PODER Y UNA MANIFESTA......