Tesis Jurisprudencial, (Tesis num. 120 de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro393013
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO Y TARIFAS MINIMAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL. APLICACION DE LOS SALARIOS ESTABLECIDOS EN ELLA.

Si el acto reclamado consiste en el aumento de salarios, acordado por una Junta, con motivo de la aplicación del convenio colectivo de trabajo y tarifas mínimas, es improcedente la suspensión, pues la sociedad y el Estado se encuentran interesados en mantener el más alto tipo económico de vida entre los obreros, mediante la elevación del monto de sus jornales, hasta el grado que permita el sostenimiento y desarrollo de las industrias.

Quinta Epoca:

Amparo en revisión 6124/34. A.E.. 1o. de abril de 1935. Unanimidad de...

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