Tesis, , 1 de Octubre de 1993 (Tesis num. 4a./J. 39/93 de Cuarta Sala, 01-10-1993 (Contradicción de Tesis))

Número de registro207754
Número de resolución4a./J. 39/93
Fecha de publicación01 Octubre 1993
Fecha01 Octubre 1993
Localizador8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; 70, Octubre de 1993; Pág. 23
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral

El ofrecimiento del trabajo formulado por el patrón en las mismas condiciones en que se venía desempeñando, omitiendo aludir al descanso a que tiene derecho el trabajador en jornadas laborales continuas, previsto y regulado en los artículos 63 y 64 de la Ley Federal del Trabajo, es insuficiente por si sólo para calificar la oferta como de mala fe, pues para efectuar la calificación que corresponde debe tomarse en consideración, en primer lugar, que aunque tal beneficio constituye una prestación esencial en favor del trabajador, no puede válidamente introducirse por el juzgador si nó formó parte de la litis, pues ello implicaría arrojar sobre el patrón oferente la carga de referirse a hechos no controvertidos y la de probar que el ofrecimiento reúne no sólo tal exigencia sino todas las condiciones especificadas por la Ley Federal del Trabajo, lo cual quebranta las reglas del procedimiento; y en segundo lugar, porque como ya lo ha establecido esta Sala, para calificar el ofrecimiento, éste no debe analizarse de modo abstracto y aislado; sino de modo concreto y examinando los antecedentes del caso, la conducta de las partes y demás circunstancias que arroje el expediente.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 45/92. Entre el Tercer Tribunal Colegiado del Primer...

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