Tesis Aislada, (Tesis num. 327 de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro916765
MateriaLaboral

Ordenar, aconsejar o intervenir en la ejecución de un paro ilegal en contra de la empresa, constituye sin duda alguna un acto de violencia en contra de ella, pues implica una presión fuera de la ley para obtener algo del patrón, sin sujetarse al régimen de derecho necesario para vivir pacíficamente en sociedad. Independientemente de que también esto constituye una falta de probidad, porque un trabajador tiene la obligación de guardar los intereses de la empresa en que trabaja, a fin de que ésta no sufra quebrantos ni perjuicios económicos en forma indebida, y si el actor participa en los hechos que dan lugar a estos perjuicios, es evidente que no se está comportando con la probidad a que lo obliga su contrato de trabajo. De esto se desprende que los paros ilegales sí están incluidos dentro de la fracción II del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo anterior a la vigente, lo que hace que resulte justificado el despido. No es obstáculo a la conclusión precedente, el hecho de que el trabajador estuviera disfrutando de licencia sindical cuando ocurrieron los paros, porque la fracción IV del artículo 121 de que se viene hablando, previene el caso de que cuando el trabajador cometa las faltas a...

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