Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242614
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El hecho de que el trabajador goce de licencia no significa que el patrón esté impedido para rescindir el contrato individual de trabajo, y carece de fundamentación legal considerar inválido el despido decidido por el patrón en tales circunstancias, habida cuenta de que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 46 señala que el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo, la relación de trabajo cuando exista causa justificada, sin incurrir por ello en responsabilidad, y esto es así, porque la licencia sólo tiene efecto de liberar al trabajador, durante su vigencia, de prestar el servicio contratado, pero no priva al patrón de ejercitar los derechos derivados de la ley.

Amparo directo 10205/84. G.G.V.. 3 de febrero de 1986. Cinco votos...

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