Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242906
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

Si el pago de un impuesto se efectuó en forma lisa y llana, debe considerarse que el quejoso consintió las leyes que reclama de inconstitucionales, y se da tal hipótesis cuando el recibo que aparece en autos no demuestra que el pago se efectuó bajo protesta ante la oficina receptora y si dicho quejoso tampoco demostró en el juicio que, previa o simultáneamente al pago, hubiera expresado por escrito a dicha oficina o a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que el mismo se efectúa bajo protesta, en los términos del artículo 25 del Código Fiscal de la Federación.

Amparo en revisión 5097/79. J.d.R.B. y coagraviados. 12 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.L.A..


Véanse:


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR