Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro370709
MateriaLaboral

Si el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, en su primer párrafo dice: "Si la Junta estima que alguno de los litigantes, o ambos, obraron en determinadas circunstancias, con mala fe o temeridad notoria, podrá en el laudo que dicte imponerles una multa de cinco a cien pesos"; y si la Junta responsable impuso una multa al demandado en el juicio laboral, quejoso en el amparo, con apoyo en el indicado precepto legal, por considerar que obró con notoria temeridad y mala fe, al imputar a la parte actora, un delito que no llegó a comprobar debe decirse que como la mala fe se equipara al dolo, a la intención de dañar y a la temeridad consiste en tener la calidad de temerario, teniendo este último vocablo, entre otras acepciones, según el Diccionario de la Lengua Española, la de: "que se dice, hace o piensa sin fundamento, razón o motivo", y es indudable que el quejoso, no obró con mala fe ni con temeridad notoria, por lo que debe concedérsele el amparo a fin de que quede sin efecto dicha multa, si las pruebas de cargo que aportó, indujeron el Ministerio Público a ejercitar la acción penal contra la actora ante la autoridad judicial, por el...

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