Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro371374
MateriaLaboral

De acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, al patrón corresponde probar que es justificado el despido que haga de sus trabajadores; y si en el caso, el obrero faltó a su trabajo durante más de los tres días que requiere la fracción X del citado artículo 121, con esto cumplió el patrón con su obligación de probar la justificación de su acto; pero como el trabajador afirma que sus faltas de asistencia fueron motivadas por enfermedad, esta afirmación que contradice el hecho demostrado de la justificación del despido, debe ser probado por la parte que le hace. Para llegar a tal criterio, no es obstáculo lo ordenado por el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, porque este manda que los laudos se dictarán sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, esto es, sin que la Junta tome en cuenta reglas sobre la valorización de las que ofrecen las partes, y asimismo, que los hechos probados sean apreciados según los miembros del tribunal lo crean debido en conciencia; pero en ninguna forma la interpretación de este artículo puede llegar a extenderse hasta imponer a las partes la obligación de probar hechos que no les son propios, o que ellas no han afirmado, y tan es así, que cuando el patrón despide, a él le incumbe la prueba de la justificación de su acto, y cuando el obrero rescinde el contrato por una de las especificadas en...

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